
BEGIN:VCALENDAR
VERSION:2.0
PRODID:-//hacksw/handcal//NONSGML v1.0//EN
BEGIN:VEVENT
DTSTART: 20160620
DTEND:20160620
SUMMARY:Control de la jornada laboral: criterios judiciales y planes de la Inspección de Trabajo 
LOCATION:FIDE - C/ Serrano 26 - 4°dcha - 28001
DESCRIPTION:<p><b>Ponentes:</b></p><p>- <b>Eloy Castañer, </b>Socio, Garrigues</p><p>- <b>Diego Lucas Barbi,</b> Inspector de Trabajo y de la Seguridad Social, Ministerio de Empleo y de Seguridad Social</p><p><b>Moderador: </b><b>Carlos de la Torre García,</b> Of Counsel en el Departamento Laboral de Baker & McKenzie SLP. Inspector de Trabajo y Seguridad Social (en excedencia)</p><p><b>Objetivos:</b> Entre los elementos configuradores del Derecho del Trabajo, las normas sobre tiempos máximos de trabajo y tiempos mínimos de descanso son especialmente trascendentes para evitar “excesos horarios” que perjudiquen la salud del trabajador y también penalicen el empleo y la contratación de nuevos trabajadores. Existen, por tanto, líneas rojas infranqueables para las empresas, ya estén identificadas en el Estatuto de los Trabajadores y en la normativa laboral o en los convenios colectivos aplicables, por ser de naturaleza imperativa y no disponible por empresa y trabajadores (entre otras, el descanso semanal, los límites de descanso entre jornadas diarias, las vacaciones anuales o el límite máximo individual de horas extraordinarias). No obstante, la normativa laboral también se ha dotado de herramientas favorables a la flexibilidad laboral en materia de tiempo de trabajo (distribución irregular, jornada a turnos, ampliaciones de jornada, horas extraordinarias, etc.) y los propios convenios recogen particularidades para el equilibrio entre los derechos de los trabajadores y las necesidades de productividad y competitividad. En este contexto, es importante que las empresas garanticen el cumplimiento normativo de las obligaciones contenidas en la legislación laboral y de la Seguridad Social de modo que, cuando existan situaciones de prolongación de la jornada laboral, se produzca la necesaria y debida compensación en tiempo de descanso retribuido o en compensación económica al trabajador con el impacto que proceda en cotizaciones sociales.En la presente sesión, revisaremos especialmente la situación relativa al marco normativo y criterios judiciales y administrativos en materia de registro de la jornada de trabajo diaria y su conexión con los criterios de flexibilidad horaria a la luz de precedentes judiciales recientes (casos BANKIA y ABANCA) y, especialmente, revisaremos las instrucciones de cumplimiento de las normas de la Inspección de Trabajo en la campaña actualmente vigente en varios sectores productivos y la operativa en esta materia de requerimientos de corrección de deficiencias y/o Actas de Infracción y/o de Liquidación.</p><p>-------------</p><p><strong>Obra recomendada por Lefevbre - El Derecho</strong> para esta materia: <a href="http://www.efl.es/catalogo/codigos-tribunal-supremo/ley-reguladora-de-la-jurisdiccion-social?utm_source=eventosjuridicos&utm_medium=referral&utm_campaign=eventosjuridicos">Ley Reguladora de la Jurisdicción Social</a></p>
END:VEVENT
END:VCALENDAR 
