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DTSTART: 20160930
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SUMMARY:Reforma del Plan General de Contabilidad
LOCATION:Club Financiero Génova  Calle del Marqués de la Ensenada, 16
DESCRIPTION:<p>El fondo de comercio es continuamente objeto de debates contables y fiscales y su regulacioÌn ha sufrido fuertes vaivenes a lo largo de los anÌƒos. La Ley de AuditoriÌa de Cuentas publicada el pasado mes de julio de 2015 (Ley 22/2015, de 20 de julio) ha modificado el artiÌculo del CoÌdigo de Comercio que lo regula y recupera nuevamente la necesidad de amortizar el fondo de comercio al considerarlo un activo de vida uÌtil definida.</p><p>La nueva legislacioÌn, ha entrado en vigor el 1 de enero de 2016, y establece que la vida uÌtil del fondo de comercio “se presumiraÌ, salvo prueba en contrario” en 10 anÌƒos.</p><p>Adicionalmente la norma tambieÌn se ha modificado para considerar que todos los inmovilizados intangibles son activos de vida uÌtil definida. Cuando la vida uÌtil de estos activos no pueda estimarse de manera fiable se amortizaraÌn en un plazo de 10 anÌƒos, salvo que otra disposicioÌn legal o reglamentaria establezca un plazo diferente.</p><p>Se trata de una reforma de la normativa actual de muy amplio calado, ya que, hasta ahora, tanto el fondo de comercio como otros inmovilizados intangibles de vida uÌtil indefinida se veiÌan sometidos a un test de deterioro anual que podiÌa arrojar o no la contabilizacioÌn de un deterioro. A partir de la reforma, la amortizacioÌn de estos activos se presume sistemaÌtica, sin perjuicio de que si adicionalmente existen indicios de deterioro al cierre del ejercicio sea preciso contabilizar una correccioÌn valorativa adicional.</p><p>El cambio es muy relevante y afectaraÌ a todos los directivos del aÌrea financiera-contable de las empresas que deben analizar el impacto en sus cuentas de resultados, la capacidad de distribucioÌn de dividendos a corto y medio plazo y en queÌ medida afecta a sus posibles planes de fusiones y adquisiciones.</p><p>Dada la importancia de esta reforma que afecta sustancialmente al resultado econoÌmico de las empresas, hemos reunido a ponentes de primer nivel que analizaraÌn las cuestiones que tiene que tener en cuenta para realizar una correcta planificacioÌn con la legislacioÌn vigente desde el 1 de enero de 2016.</p><p>Por todo ello, esperamos que sea de su intereÌs y tengamos la oportunidad de saludarle personalmente el 18 de mayo en el Club Financiero GeÌnova de Madrid.</p><p>Se adjunta programa</p><p>------------------------</p><p><strong>Obra recomendada por Lefevbre - El Derecho</strong> para esta materia: <a href="http://www.efl.es/catalogo/formularios-juridicos/formularios-practicos-fiscal-internet?utm_source=eventosjuridicos&utm_medium=referral&utm_campaign=eventosjuridicos">Formularios Prácticos Fiscal (Internet)</a></p>
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